3 TIPS PARA SABER CUÁNTO AUMENTARÁ TU ALQUILER


 

Sabemos que estamos en un momento legislativo difícil, y que podes estar un poco mareado con todo lo que se escucha sobre alquileres. Queremos darte una ayudita para que determines cuánto aumentará tu alquiler.

 

En un suceso histórico, el presidente Javier Milei ha derogado la ley de alquileres, marcando un cambio significativo en el panorama inmobiliario argentino. Quedando contratos de alquileres de tres formatos distintos.

 

1. Contratos Firmados desde Julio de 2020 hasta Octubre de 2023: Durante este periodo, la ley de alquileres de 2020 implementó cambios sustanciales. Los contratos se extendieron a una duración mínima de tres años, con ajustes anuales según el Índice de Contratos de Locación (ICL). Las opciones de garantías para inquilinos se ampliaron, y quedaron exentos de pagar expensas extraordinarias. El depósito de garantía se limitó al equivalente a un mes de alquiler.

 

2. Contratos Firmados desde Octubre hasta Diciembre de 2023: La modificación de la ley en octubre de 2023 trajo ajustes semestrales bajo el índice Casa Propia. Los propietarios obtuvieron beneficios fiscales, y se implementó la exigencia de publicar alquileres en moneda nacional. Se eximió el pago de ciertos impuestos, ofreciendo un panorama distinto para propietarios e inquilinos.

 

3. Nuevos Contratos a Partir de Ahora: Con la derogación de la ley de alquileres y el DNU de Milei en vigor, los contratos vuelven a regirse por el Código Civil y Comercial. La libertad contractual es la premisa clave. Los plazos de contratos son flexibles, los ajustes y la moneda de pago se acuerdan entre las partes, y se permite la firma en moneda extranjera. Los contratos se vuelven más personalizables, brindando una libertad total en la negociación.

 

La ley VIGENTE ACTUAL, es decir que es la que se va a utilizar si tenes que hacer un nuevo contrato. Introdujo los siguientes cambios:

Plazos: quedará establecido por las partes. Es decir, no hay mínimo ni máximo. El DNU deroga los tiempos establecidos en la actual ley de alquileres, que era de 3 años para viviendas. Desde el sector inmobiliario dijeron que recomendarán realizar los contratos celebrados por dos años.

Moneda:los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal, en pesos,o en moneda extranjera.En dólares o en euros, por ejemplo. Luego de firmar el contrato, el inquilino no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida entre las partes.

Actualización:el ajuste del alquiler podrá ser mensual, bimestral o trimestral. Y estará permitido eluso de cualquier índice de ajuste. Puede ser público o privado, por ejemplo el IPC del GCBA (Indice de Precios al Consumidor de la Dirección General de Estadísticas de la Ciudad de Buenos Aires). Si el índice elegido dejara de publicarse durante la vigencia del contrato, se utilizará un índice oficial de características similares, publicado por el INDEC; o el que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada (si fueran dólares o euros). También puede pactarse entre las partes.

Fianza y garantía:las partes pueden determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, y la forma en que serán devueltas al finalizar la locación. Se refiere al depósito que deja el inquilino al iniciar el vínculo, que en la actualidad suele ser el equivalente de un mes de alquiler.

Fin del contrato:el inquilino podrá terminar el contrato en cualquier momento. Para hacer esto debe pagar una indemnización al propietario: será del 10% del saldo de los alquileres futuros hasta terminar el contrato. El DNU no indica con cuanto tiempo de anticipación debe avisar el inquilino. Hasta ahora, el inquilino recién podía irse luego del sexto mes y también debía pagar una indemnización.

 

Entonces, si queres saber cuánto aumentará tu alquiler, te aconsejamos:

 

1- Que sepas la fecha en la cual se celebró el contrato de locación, y lo ubiques en las descripciones del texto.

 

2- Que puedas encontrar en tu contrato de locación el índice y la fecha que va a aumentar, suele estar en las primeras claúsulas.

 

3- Comunicate con nosotros, te vamos a asesorar para que tengas las cosas claras y puedas estar más tranquila/o.

 

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